ACTITUD FUTURO

Justicia falló a favor de mujer que mató a su agresor sexual

De forma inédita, el Tribunal Constitucional le dio la razón a la joven que había sido condenada a cuatro años de cárcel sin beneficios alternativos.

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De forma inédita, el Tribunal Constitucional le dio la razón a la joven que había sido condenada a cuatro años de cárcel sin beneficios alternativos.

El 18 de diciembre de 2016, Génesis Constanza Cerda Santibañez, por ese entonces de 20 años, mató de un golpe en la cabeza y una herida cortopunzante hecha con un cuchillo a José Velásquez Ortiz, de 51 años, quien había abusado sexualmente de ella.

Dos días después la mujer fue detenida y tras un la resolución del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes, fue condenada a la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo como autora del delito consumado de homicidio simple.

Ante la sentencia dictada por la justicia, la Defensoría Penal Pública presentó ante el Tribunal Constitucional un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1 de la Ley 18.216, alegando “desproporcionalidad de la pena”, lo que según la defensa de Cerda, no le permitía optar a un “cumplimiento alternativo de la pena”, según señala La Tercera.

El TC acogió el trámite y esta semana falló de forma inédita a favor de la mujer afirmando que “la opción de privar de libertad al ser humano debe adoptarse solo si es estrictamente necesario y respecto de las conductas delictivas más graves que afecten bienes jurídicos de la más alta importancia”.

Con seis votos a favor y dos en contra, el TC le encontró razón a Génesis ya que se determinó que “en consideración a diversos principios constitucionales, entre ellos el principio general de humanidad basado en el valor de la dignidad humana, y al hecho de que la pena es, básicamente, privación o restricción de derechos personales o de bienes protegidos por la norma jurídica, la acción punitiva del Estado no debe propender a infligir el mal por sí mismo o el mero sufrimiento de aquel miembro de la sociedad que infringió la ley”.

Revelamos que era un joven de 20 años, inscrita para estudiar en un centro de formación técnica, que no tenía antecedentes penales y que sufrió una agresión sexual que está contenida en la sentencia”, dijo a La Tercera, Claudio Fierro, jefe de la Unidad de Corte de la Defensoría Penal Pública.



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