ACTITUD FUTURO

Fue aprobada ley que declara imprescriptible los delitos contra menores de edad

Está en condiciones para ser promulgada.

Está en condiciones para ser promulgada.

El Congreso despachó ley que declara imprescriptibles los delitos sexuales contra menores de edad y la dejara en condiciones para ser promulgada.

El acuerdo de la comisión mixta no incluye a la violación con resultado de homicidio dentro del catálogo de delitos declarados como imprescriptibles, ya que la víctima no podrá hacer ejercicio de su derecho de reclamación ante los tribunales de justicia.

La iniciativa aprobada no contempla que la ley sea aplicada de manera retroactiva, desde la entrada en vigencia de la Convención sobre los Derechos del Niño.

El proyecto introduce un nuevo artículo (94 bis) en el Código Penal que indica que no prescribirá la acción respecto del secuestro o sustracción de un menor, así como la tortura, apremios ilegítimos o tratos crueles, inhumanos o degradantes, todos ellos con ocasión de un acto de violación, acceso carnal a un menor, estupro u otros delitos sexuales.

Además, no serán prescriptibles los propios delitos de violación; acceso carnal a un menor de edad; introducción de objetos de cualquier índole para un acto sexual o el uso de animales; abuso sexual; y obligar a ver acciones de significación sexual, ver o escuchar pornografía o presenciar espectáculos de dicha índole.

También serán imprescriptibles los casos en que se participe en la elaboración de material pornográfico donde estén involucrados menores; facilitar la prostitución de menores; quien acepte realizar actos sexuales en un marco de prostitución infantil o adolescente; el tráfico de menores, en relación con la explotación sexual; y el robo con violencia, en cuanto a la violación, cuando al momento de la perpetración del hecho la víctima fuese menor de edad.


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