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Fisco deberá pagar 63 millones de pesos a hombre que perdió ojo por parte de Carabineros

Esto ocurrió en el 2013 cuando se "disparaban (balines de pintura) de forma espontánea y a personas que se encontraban marchando de forma pacífica".

Esto ocurrió en el 2013 cuando se «disparaban (balines de pintura) de forma espontánea y a personas que se encontraban marchando de forma pacífica».

El Décimo Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización total de $63.000.000 a Enrique Eichin, arquitecto que perdió el ojo derecho al recibir un balín de pintura disparado por fuerzas especiales de Carabineros tras la marcha estudiantil realizada en abril de 2013, en el sector de Estación Mapocho.

En el fallo, la magistrada Jacqueline Benquis Monares estableció el actuar negligente de la policía uniformada al disolver una manifestación en el sector de la Estación Mapocho.

Según el fallo, pese a las declaraciones de policías uniformados, fue posible establecer que «Carabineros disparaba de forma espontánea y a personas que se encontraban marchando de forma pacífica».

«Es decir, que el Estado causó un daño interviniendo un funcionario de Carabineros de Chile, y debe responder por falta de servicio por aplicación del artículo 2314 del Código Civil, concurriendo las exigencias del daño y de causalidad. Que así las cosas, es dable tener por cumplido un actuar por parte de Carabineros de Chile, de tipo deficiente al haber utilizado medios de disuasión y repelencia de violencia en contra de una persona que se encontraba de asistente sin que haya demostrado este un actuar contrario al orden público y seguridad de las personas participantes», dice el texto.

El fallo, además, establece que el «(…) nexo causal entre los hechos y el perjuicio sufrido por el actor y demandante, no es sino el reflejo de una negligencia por parte de la institución en cuanto a una medida de resguardo y orden público, se hirió a una persona que se encontraba de asistente pacifico a la marcha congregada por lo que la causalidad entre los hechos acontecidos y con la pérdida del ojo derecho y por tanto, la pérdida de visión del actor con todas las consecuencias ya expuestas, se encuentra acreditada».

Y concluye: «Que se acoge, la demanda de lo principal de fecha 16 de marzo de 2017, solo en cuando, se condena a CARABINEROS DE CHILE, representados mediante el Fisco de Chile y el Consejo de Defensa del Estado, a pagar al actor, por concepto de indemnización por daño moral, la suma de $50.000.000; por daño emergente la suma de $3.000.000 y lucro cesante, la suma de $10.000.000».


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