Esta mañana, la Corte de Apelaciones de Temuco revocó este lunes la resolución que declaraba prescritos dos de los delitos de abuso sexual imputados a Martín Pradenas.
Recordemos que estos dos hechos fueron declarados prescritos por el Juzgado de Garantía de la ciudad en la formalización por la violación de Antonia Barra.
El Tribunal declaró: «Se resuelve que se rechaza la petición de la defensa y se declara que la acción penal no se encuentra prescrita, dejándose sin efecto el sobreseimiento definitivo dictado, ordenándose continuar con el procedimiento a su respecto, en conformidad a la Ley Procesal Penal».
Actualmente el imputado se encuentra en prisión preventiva, durante los 120 días que dure la investigación. Esto luego que la Corte de Apelaciones de Temuco acogiera la solicitud del Ministerio Público contra la resolución del Juzgado de Garantía que había decretado la medida cautelar de arresto domiciliario total.
Uno de los delitos que fueron prescritos data del año 2010, cuando Pradenas habría abusado sexualmente de una joven que en ese entonces tenía 16 años. Ésta realizó la denuncia solo tras conocerse el caso de Antonia. Durante la audiencia de formalización, la Fiscalía expuso que el hecho sucedió cuando la víctima fue a la casa de Pradenas en Temuco por motivos de estudio. En ese instante el imputado la llamó desde una pieza, la abordó y la empujó hacia una cama y le realizó tocamientos. El otro hecho habría ocurrido en 2014, cuando Pradenas habría agredido a una joven que en ese entonces tenía 19 años, la cual dormía bajo los efectos del alcohol después de una fiesta.