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Segundo 10%: Parlamentarios proponen bono de $500 mil a afiliados del IPS y sin saldo en sus AFP

La iniciativa nació de los diputados Alejandra Sepúlveda y Esteban Velásquez, del Frente Regionalista Verde Social (FRVS), quienes además señalaron que el beneficio “no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno".

AFP segundo retiro

La semana pasada, la Comisión de Constitución y la Cámara de Diputados acordaron unir proyectos relacionados al segundo retiro del 10% con el fin de agilizar su tramitación.

Así, las iniciativas regresarán unificadas, y listas para someterse a una votación general, a la Comisión que preside el diputado Matías Walker (DC).

Proyectos unificados

Tres proyectos se refundieron en materia de un nuevo retiro de fondos de pensiones, para terminar una sola iniciativa. Asimismo, tres que permiten el retiro asociado a rentas vitalicias, y dos que contienen normas en cuanto al retiro judicial de los fondos en casos de deudas por pensión alimenticia.

En específico, los proyectos unificados en cuanto a segundo 10%, gestados por la diputada Pamela Jiles (PH), establecen condiciones similares a la primera iniciativa, sin embargo se diferencia en que las solicitudes sean a partir de diciembre o el pago del monto en una sola cuota dentro de 30 días hábiles.

Pero no todo queda ahí, porque una de las iniciativas refundidas establece conceder un bono extraordinario, a través de transferencia directa, de 500 mil pesos a quienes se encuentren afiliados al Instituto Nacional de Previsión Social y a quienes no tengan dinero en sus cuentas de AFP, proyecto encargado por Alejandra Sepúlveda (FRVS) y Esteban Velásquez (FRVS)

Los parlamentarios plantearon que el beneficio «no constituirá remuneración o renta para ningún efecto legal y, en consecuencia, no será imponible ni tributable y no estará afecto a descuento alguno».

En cuanto al número de beneficiados, 1,9 millones de personas podrían acceder al bono, debido a que tras el primer retiro de fondos quedaron con saldo cero.

Retiro en caso de enfermedades catastróficas

En paralelo, la Comisión de Constitución aprobó el proyecto que permite el retiro anticipado de los fondos de pensiones si es que el afiliado padece alguna enfermedad terminal, sin embargo, resta que la Cámara de Diputados se pronuncie al respecto.

En ese caso, «se entenderá que es terminal aquella enfermedad o condición patológica grave, progresiva e irreversible, que no tiene tratamiento eficaz de acuerdo a los conocimientos médicos y con pronóstico fatal en un plazo inminente, certificado por un profesional habilitado”, según señala el proyecto.


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