Además, las personas deben ser independientes, es decir no militar en partidos políticos, y según la ley, en esta ocasión solo se puede hacer para uno de los cargos que se elegirán el próximo 11 de abril; es decir para la Convencional Constitucional, Gobernador Regional, Alcalde y Concejales.
Otro de los requisitos es que la persona debe tener su domicilio electoral en el mismo distrito del candidato, y en el caso de los pueblos originarios, acreditar que viven en alguna de las comunas determinadas por el Servel para cada uno de los representantes indígenas.
Apoyar a un independiente no implica que la persona esté obligada a votar por él, ni que su nombre quede ligado a dicho candidato más allá de darle la posibilidad de participar en el proceso electoral.