Listo para ser votado en general por la Sala del Senado; quedó el proyecto que modifica una serie de normativas para mejorar la persecución del narcotráfico y el crimen organizado, luego que la Comisión de Seguridad Pública aprobara por unanimidad la idea de legislar sobre la iniciativa.
Previo a la votación, los senadores José Miguel Insulza (presidente), Felipe Kast, Jorge Pizarro, Iván Moreira y Jaime Quintana, escucharon la exposición del director del Instituto de Salud Pública (ISP), Heriberto García; quien sugirió que es inviable la generación y uso casero de tratamientos paliativos de cannabis (por la calidad del principio activo) y presentó un estudio sobre la pureza de las drogas incautadas.
Al momento de votar, el senador Insulza manifestó que, a su juicio; el consumo de drogas es una enfermedad, una adicción y que ha sido la ilegalidad de las drogas, la que ha provocado «la fortuna de muchas personas y de grupos organizados de narcotráfico». En tal sentido; anticipó la presentación de una indicación que deje claro el uso medicinal y la protección de las personas que usan la cannabis medicinal.
Artículos
En su opinión el proyecto tiene dos artículos inconstitucionales que establecen inhabilidades para ejercer el cargo de Presidente de la República y de parlamentarios a quienes tuvieran dependencia de sustancias sicotrópicas; salvo que estén en tratamiento. Dijo que es la Constitución y no la ley la que establece las inhabilidades y requisitos para ambos casos.
En tanto, el senador Quintana señaló que «este es un proyecto demasiado ambicioso» y se elabora con medidas prohibitivas que han sido «un completo fracaso» en muchos ámbitos; pero particularmente en sociedades como las nuestras. En su opinión; legislar en esta área es una gran oportunidad de hacer las cosas bien.
Coincidió con el senador Insulza respecto de la adicción; señalando que «eso es lo que busca el narcotráfico» y manifestó que es importante separar y dar otro tratamiento al cannabis para su uso medicinal.
El senador Moreira manifestó que el proyecto «está bien orientado» y que es importante abordar la discusión respecto de si en el tema de las drogas está presente o no un tema de salud (adicción). En su opinión es fundamental frenar a los grupos que generan una asociación ilícita para traficar drogas.
En una línea similar se manifestó el senador Kast; quien destacó las medidas propuestas en el proyecto, señalando que permitirán tener una forma más sofisticada y efectiva para lucha contra el narcotráfico. Discrepó con el senador Insulza respecto de la inconstitucionalidad de algunas disposiciones y se mostró dispuesto a discutir las mejoras necesarias para la iniciativa.
Finalmente, el senador Pizarro se mostró partidario del proyecto y señaló que es natural que en el análisis detallado surjan algunas dudas que deberán resolverse durante la tramitación. Agregó que el gran problema que existe en torno al tema es que no se ha trabajado lo suficiente en materia de prevención. «Hemos ido perdiendo esa batalla porque a veces nos quedamos solo en el control y la represión».
VETO
La Comisión de Seguridad también analizó el veto del Ejecutivo al proyecto que fortalece las normas del Código Penal relativas al delito de incendio; más conocido como «ley Juan Barrios» en honor al camionero que falleció luego que fuera incendiado el vehículo en el que dormía.
Tras una explicación del Subsecretario del Interior; Juan Francisco Galli, la instancia aprobó las dos observaciones presentadas con 4 votos a favor y la abstención del senador Jaime Quintana.
En lo fundamental; el veto vuelve sobre la propuesta del artículo 475 manteniendo la pena original de presidio mayor en su grado medio a presidio perpetuo; es decir, desde 10 años y un día a perpetuidad.
Persecución del narcotráfico
En tal sentido, dice que «serán castigados con esa penalidad el que incendie un edificio, aeronave, buque, plataforma naval, vehículos de transporte público de pasajeros, automóviles de dos o más plazas; camiones, instalaciones de servicios sanitarios; de almacenamiento o transporte de combustibles, de distribución o generación de energía eléctrica, portuaria, aeronáutica o ferroviaria, incluyendo las de trenes subterráneos, u otro lugar, medio de transporte, instalación o bien semejante; siempre que allí hubiere una o más personas y su presencia se pudiese prever».
La segunda observación busca hacer ajuste de derecho inter temporal; para ver qué disposición aplicar en determinados momentos, pues cerca de 89 personas que han sido condenadas podían quedar en libertad con el beneficio pro reo, donde se aplica la ley más beneficiosa para el reo.
De ahí que se plantea, que «los hechos perpetrados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley; así como las penas y las demás consecuencias que correspondiere imponer por ellos; serán determinados conforme a la ley vigente al momento de su perpetración».
Agrega que «si la presente ley entrare en vigor durante la perpetración del hecho se estará a lo dispuesto en ella. Siempre que en la fase de perpetración posterior se realizare íntegramente la nueva descripción legal del hecho», entre otras disposiciones.