ENTREVISTAS

Abogada de derecho administrativo y toma de terrenos: «Las medidas que hay son muy lentas»

Por desalojo dictado por la Suprema en toma de Reñaca Alto, la académica Rosa Gómez sostiene en #FuturoPQN que es una acción de protección que no es la adecuada, es de emergencia.

Hector Muñoz |

Reñaca Alto Abogada Desalojo Card Web

Reñaca Alto Abogada Desalojo Card Web

Hoy en Palabra Que Es Noticia conversamos con la abogada y académica de Derecho Administrativo de la Universidad de Los Andes, Rosa Fernanda Gómez.

Seis meses es el plazo que la Corte Suprema dio en un reciente fallo para desalojar la toma de un terreno en el sector de Reñaca Alto en Viña del Mar. A diferencia de sentencias anteriores, en esta ocasión el máximo tribunal ordenó a diferentes instituciones del Estado a coordinarse para el desalojo, pero también a hacerse cargo de la problemática social generada luego de aquello. En el fallo, la Suprema revocó el rechazo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso a un recurso de protección, y ordenó una serie de acciones: antes de que se cumpla el plazo, se deberá informar a las más de 85 personas que viven en la toma, que deben retirarse voluntariamente. Si eso no ocurre, el máximo tribunal mandata a la municipalidad a coordinar con el resto de las instituciones una solución para las personas de la toma y al Ministerio del Interior para que ejecute, a través de Carabineros, el desalojo del terreno.

¿Cómo tenemos que entender esta decisión de la Corte Suprema?

“En palabras de la Suprema, se dice que se necesita un cambio de camino, habían tomado medidas pero no así. ¿Por qué pasa este incremento? Se debe a una falta de los organismos en otras sentencias. Se les había dado un plazo de 30 días en algunos casos, la Corte dice que no seguirá ese camino y tomaron medidas para que se produzca el desalojo”, señala Rosa Fernanda Gómez.

¿Cambia la jurisprudencia? Muchos quedaron en el camino…

“Hay casos anteriores, como el de Viña del Mar que fue el más controversial. La coordinación opera entre servicios públicos, pero aquí también estuvo el particular. De cierta, la Corte dice que tomen medidas ustedes, pero a 11 meses la Corte dice que no se ha hecho nada, así que tomarán las medidas concretas. Es un criterio que se podría replicar en otros casos, por eso es importante el fallo”, indica la abogada.

En la práctica, el caso puntual, ¿cuál es?

“La situación es muy similar, hay varios problemas. Una de las principales es la falta de una política más general en cuanto a la vivienda, es un fenómeno que estamos al debe, también la migración y la crisis sanitaria ha influido. Es un fenómeno global, situaciones que ocurren en muchos lados y está masificado”, afirma Rosa Fernanda Gómez.

Uno de los abogados de la V Región hablaba de este cambio. Era una locura…

“Sin duda, el problema está en que las medidas que hay son muy lentas. Hay que invertir recursos, tiempos y esperar, eso puede tardar un año, dos, es incierto. Luego aparece esta acción de protección que no es la adecuada, es de emergencia, la Corte dice que no es la vía idónea pero igual optó por estas medidas. El caso de Quintero Puchuncaví la Corte tomó una serie de medidas, el caso de globos de televigilancia, no es un fenómeno nuevo. En el caso particular lo hace por la inactividad de la administración por meses”, asegura la abogada.

En la práctica, ¿qué es lo que pasa?

“Una de las más efectivas sería la vía penal, la amenaza de ser objeto de una condena es una medida que puede ser eficaz. Lo que está ahí, yo tengo mi terreno y llega gente, uno dice que uno denuncia, la gente está cometiendo un delito, están en mi propiedad. El problema es el desalojo, es una medida que no es adecuada políticamente. En el norte las autoridades se ven en tela de juicio… Ese sería un buen camino. También tenemos esta acción de protección. La Corte dice que si en 6 meses no pasa nada, en 30 días Carabineros tiene que tomar medidas”, explica Rosa Fernanda Gómez.

Hablamos de organismos…

“Han existido distintos organismos llamados a ordenar el panorama. Hay casos anteriores que se mandata al ministerio de Desarrollo Sociales, las municipalidades, Carabineros. Este caso es interesante, la Corte entiende que las personas que están viviendo ilegalmente son personas en situación de vulnerabilidad. No solo dicen que hay que cuidar la propiedad privada sino hacerse cargo de este problema social. Por eso la sentencia es interesante, la Corte se hace cargo del problema de propiedad y de los social”, plantea la abogada.

El abogado Hermosilla agregaba que en estas tomas ilegales hay personas que hacen casas de 2 pisos, con autos…

“El fallo es interesante, hay otras situaciones que uno no ve. No sé si la Corte tuvo antecedentes o fotografías. Concuerdo contigo, hay otras situaciones donde el material ya no es ligero, hay una conducta delictiva. Construyen viviendas de material sólido, tienen antenas de televisión. Por eso llama la condición ahora, esta no es la realidad de todas las tomas”, asevera.

El caso de Alejandro Correa que es asesinado… tenía una disputa por unos terrenos…

“En esas situaciones lamentablemente, es donde uno ve la desesperación que las medidas no son tan efectivas como uno quisiera. Tenemos acciones penales y civiles, pero el problema es la lentitud. En un precario donde uno intenta hacer valer te puedes demorar años y eso es costoso. Al final es una situación de desgaste, el dueño está litigando por años y luego se devuelve el terreno en pésimas condiciones”, explica la abogada académica en Derecho administrativo Rosa Fernanda Gómez.

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