Llega marzo y con este mes, son muchos los trámites que debemos realizar. Uno de ellos será la Operación Renta 2023 y su comienzo para rellenar tus datos está a la vuelta de la esquina.
Las declaraciones de renta que no impliquen pagos se podrían realizar entre el 1 de abril y el 10 de mayo. En tanto, a las que les sí corresponda pago de impuestos, se podrán presentar entre el 8 de abril y el 2 de mayo.
Andrea Obaid conversó con Manuel Concha, CEO de Kame en Radio ADN sobre el inicio de la operación renta 2023 y los aspectos que se deben tener en cuenta. es que hay que “separar entre lo que pasa con las personas y lo que pasa con las empresas, independiente de su tamaño”.
También apuntó que “las declaraciones juradas más utilizadas son las de sueldos (…) es toda aquella empresa que durante el año tuvo un trabajador, un mes; tiene que mandar esa declaración”.
Asimismo, aclaró que este proceso para las empresas “parte en marzo con las declaraciones juradas“. Explicó que “es como un informe que tiene cierta estructura que fija el Servicio de Impuestos Internos“.
Por otra parte, cuando se presentan algunos inconvenientes en la declaración de una empresa, después se ven afectadas las personas naturales, trabajadoras de dicha empresa, al momento de realizar su operación.
En este sentido, Concha enfatizó que “con las declaraciones juradas parte la operación renta“. De esta manera, si no se realiza esto por parte del empleador, después habrá problema en el trámite del empleado.
Declaraciones de personas naturales
Posterior a lo realizado por las empresas, la operación renta continúa para las personas naturales y este año 2023 se presentan algunos cambios en el funcionamiento.
Bajo esta línea aparece la situación, por ejemplo, de las boletas de honorarios, donde se retiene un porcentaje del sueldo bruto que es destinada por el sistema para salud o diferentes imposiciones.
En lo que respecta a una eventual devolución de ese dinero, Manuel Concha sostuvo que gradualmente se dejará de pagar. “Lo que se ha hecho, es que casi nadie recibe esta devolución“.
“Esa retención como tal ya no va a ser tuya -como tal- sino que va a ser para tus imposiciones. Yo creo que, en poco tiempo, a nadie le van a devolver eso”, puntualizó.
De igual manera, detalló que esa ‘devolución’ se realiza de otra manera. “Hay algunos beneficios tributarios, como por ejemplo, si tú estás pagando un crédito hipotecario, te devuelven parte de los intereses”.
¿Qué pasa si se hace la declaración?
Una duda que normalmente se da, así como también la comisión de errores, es en torno a qué pasa si no se realiza el trámite, considerando que hay un plazo establecido.
Frente a esto, el representante de Kame indicó que “para la persona natural, si no tiene que pagar impuestos, no pasa nada“.
“Para las empresas siempre hay multas. Ahora, en general, la multa va a depender de si se tienen que pagar impuestos. Además, las deudas tributarias en Chile no prescriben y lo que tendrían que pagar es multa más intereses”, complementó.