ENTREVISTAS

Juez de Policía Local: «Hay que modificar la ley de control de armas»

"Hay que saber quiénes en Chile tienes armas, con un registro claro. Aquí el problema es respecto a la gente que no tiene armas inscritas", señala Andrés Celedón en #FuturoPQN.

Hector Muñoz |

Juez Policia Local Ley Control Armas Card Web

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Hoy en Palabra Que Es Noticia conversamos con el abogado, académico de la Universidad Autónoma y Juez de Policía Local, Andrés Celedón.

En respuesta a la crisis de violencia, la Agrupación de Automovilistas Furiosos y la Asociación Chilena del Rifle, anunciaron que comenzarán a realizar lobby para que en Chile se legisle el porte de armas al interior de vehículos particulares para poder defenderse ante encerronas, asaltos o portonazos. Los representantes apuntan a tener las herramientas necesarias para hacer uso de la legítima defensa en medio de la ola delictual que afecta al país.

¿Cómo se llega a la conclusión de este lobby?

“La legítima defensa está consagrada en nuestra legislación como una forma de repeler legítimamente una agresión. En Chile el control de armas está bastante regulado. Existe una regulación detallada respecto a quien puede portar y quien no una arma de fuego”, señala Andrés Celedón.

¿Qué pasa en casos de defensa con un arma no inscrita?

“Si la persona usa un arma que no está inscrita, está usando una herramienta que no está autorizada para la defensa. No cualquier persona puede portar un arma porque se necesita de la inscripción y de un curso que vuelva legítimo su uso. No es que uno pueda subirse a un auto y disparar a la primera persona con la que me encuentre”, indica el juez de Policía Local.

¿Qué pasa ahí entonces?

“Lo que sucede con la legítima defensa es que se tiene que usar un medio racional a la agresión de la que fui víctima. La legítima defensa se determina en un procedimiento judicial y se da en un determinado contexto, defendiéndome o defendiendo a alguien de un potencial daño”, afirma Andrés Celedón.

¿Qué pasa por ejemplo con la tenencia de fuegos artificiales, considerando lo que está pasando en los estadios?

“El uso de los fuegos artificiales, por ejemplo, está completamente prohibido, tanto fuera como al interior de los recintos deportivos”, asegura el juez de Policía Local.

¿Ese tipo de restricciones funcionan?

“Lo que pasa es que es una cuestión de hecho, que requiere una coordinación entre las barras, las instituciones deportivas y las instituciones que tienen que regular el orden público. En España, por ejemplo, esta coordinación se realiza sin problemas y genera que las barras tengan un espacio específico en el estado para poder desarrollarse. Hay una coordinación entre todos los que participan de una actividad deportiva. Yo creo que eso es lo que falta en Chile, porque si no esto solo va a seguir creciendo”, asevera Andrés Celedón.

¿Quién tiene permiso para portar armas?

“La persona que tiene un permiso especial en la Dirección General de Movilización, que haya realizado el curso especial”, puntualiza el juez de Policía Local.

¿Portarla significa andar con ella en la calle?

“Portarla significa en el poder de uno. En efecto podría andar con ella en la calle. Los miembros de las Fuerzas Armadas y las Policías y los civiles autorizados pueden tenerlas en su pode”, aclara Andrés Celedón.

¿En el caso de las armas deportivas es distinto?

“Un arma es un arma. No hay una distinción en cuanto al uso del arma. En todos los casos se necesita de la debida autorización. Para el uso deportivo existe un reglamento para que las personas puedan portar y transportar las armas de un lugar a otro”, plantea el juez de Policía Local.

¿Hay un desconocimiento desde el procedimiento para inscribir un arma?

“Los Juzgados de Policía local no ven el uso y porte de armas. Hay bastante desconocimiento sobre el proceso y los trámites detrás de inscribir y poder portar un arma. También hay mucho desconocimiento respecto a armas antiguas, pensadas más como para colección, pero que también tienen que la regulación como armas”, fundamenta Andrés Celedón.

¿Qué pasa con estas armas de balines o de aire comprimido si se portan en la calle?

“Más allá de la calidad que tenga el arma, si esa arma tiene como objeto ocasionar algún daño, puede provocar que la persona se vaya detenida. No tiene mucha interpretación aquello. Si se porta con la finalidad de dañar a alguien, esa persona se verá sometida al proceso penal que corresponda por el daño causado”, puntualiza el juez de Policía Local.

¿Qué habría que modificar para el porte de armas al interior de vehículos particulares?

“Hay que modificar la ley de control de armas. Tendríamos que preguntarnos cuál es la finalidad de la iniciativa, porque hay dos derechos en colisión: El derecho a defenderme y el derecho a un tercero a evitar que se produzca un daño respecto al uso de esa arma. Hay que saber quiénes en Chile tienes armas, con un registro claro. Aquí el problema es respecto a la gente que no tiene armas inscritas”, comenta el abogado y académico de la Universidad Autónoma.

¿Qué tiene que acreditar una persona para portar un arma?

“Tiene que acreditar un curso, un domicilio conocido y la mayoría de edad. Además, tiene que demostrar no haber sido condenado por violencia intrafamiliar y tener una actitud idónea para el porte de un arma de fuego”, concluye en Palabra Que Es Noticia Andrés Celedón.

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