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Por Equipo Futuro.cl
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Hace algunos minutos, la Corte Suprema dictó su sentencia definitiva con respecto al secuestro calificado y homicidio calificado del cantautor Víctor Jara y del director de prisiones en ese momento, Littré Quiroga Carvajal.
Estos ilícitos, perpetrados en septiembre de 1973 en Santiago. Han culminado en la condena de siete miembros del Ejército en retiro, según el fallo unánime dictado por la Segunda Sala del máximo tribunal según publicó ADN.cl.
La sentencia ratifica la decisión previa de la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a Raúl Jofré González, Edwin Dimter Bianchi, Nelson Haase Mazzei, Ernesto Bethke Wulf, Juan Jara Quintana y Hernán Chacón Soto a penas de 15 años y un día de presidio como autores de los homicidios. Y a 10 años y un día de presidio como autores de los secuestros calificados. Rolando Melo Silva, en tanto, ha sido condenado a cumplir 5 años y un día de presidio por encubrimiento de los homicidios y 3 años y un día de presidio por encubrimiento de los secuestros.
Sentencian a autores de homicidio y secuestro
Según publicó ADN.cl, la resolución del máximo tribunal destaca que las afirmaciones de los impugnantes carecen de sustento, pues los sentenciadores del grado han fundamentado de manera precisa la participación de los condenados en los delitos investigados. El fallo subraya que la sentencia recurrida cumple con los requisitos legales y rechaza los recursos de nulidad formal presentados.
Caso Víctor Jara
La Corte Suprema enfatiza que las presunciones judiciales que sustentan el fallo están basadas en hechos reales y probados, cumpliendo los requisitos de gravedad, precisión y concordancia. Además, el tribunal señala que las discrepancias sobre la aplicación de normas o razonamientos jurídicos no pueden fundamentar una causal de nulidad.
La sentencia resuelve que se rechazan los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados por las defensas de los sentenciados, ratificando la condena impuesta por la Corte de Apelaciones de Santiago. En el aspecto civil, el fisco deberá indemnizar a los demandantes por los daños sufridos, lo que incluye compensaciones a la familia de las víctimas.