ENTREVISTAS

«Un grupo importante de personas tendrá una baja en el precio final a pagar»: ex Superintendente de Salud y nueva Ley Corta de Isapres

Conversamos con Patricio Fernández, ex Superintendente de Salud, sobre la puesta en marcha de la Ley Corta de Isapres.

Juan Pablo García |

Isapres Ley Corta Card Web

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El pasado domingo 1 de septiembre entró en vigencia la denominada Ley Corta de Isapres. “Lo que se aprobó es que todos los planes se deberían ajustar al mínimo del 7%”, señaló Fernández.

En Palabra Que Es Noticia, Antonio Quinteros conversó con Patricio Fernández, ex Superintendente de Salud, durante los años 2019 y 2022.

“Lo primero es que a un grupo importante de personas le debería significar una baja en el precio final a pagar”, comentó.

“Las mujeres en edad fértil y los mayores 65 años son los dos grupos beneficiados” con la implementación de esta nueva normativa legal.

Respecto de las personas que tendrán un alza en sus planes, Fernández afirmó que “para ese ajuste, las Isapres debe ofrecer mayores beneficios como una forma compensatoria, o bien, ofrecerle planes alternativos que hayan estado en comercialización a lo menos seis meses antes”.

Excedentes y plan de pagos

“Aproximadamente un 30% de la cartera de afiliados del sistema genera excedente”, mencionó Fernández, respecto a la situación de la población previo a esta ley. “No es que los excedentes desaparezcan absolutamente, pero sí quedan bastante limitados. Lo que hizo la ley fue limitarlos a un máximo del 5% de la cotización de la persona”, expresó.

Fernández declaró que los cobros realizados en exceso a los afiliados deben “ser restituido a las personas” de manera paulatina “mes a mes en una cuenta excedente de la Isapre”.

“Aquellos que hayan migrado de Isapre a Fonasa también van a tener derecho a esa a esa devolución de deuda”, agrego Fernández.

El pago que deben hacer las Isapres, sin embargo, tendrá “un plazo máximo de 13 años para la devolución. Lo anterior, sin embargo, tendrá dos excepciones; en el caso de “las personas de mayores 65 años será un plazo máximo de cinco años” y en el caso de “mayores de 80 años será máximo de dos años. Ante la consulta sobre la posibilidad «desaparición o quiebra» es estas empresas, fernandéz respondió lo que quedó establecido en la ley.

“Quedó establecido en la Ley que la deuda no se va a pagar con cargo a la garantía de la Superintendencia de Salud”, respondió. Agregó también que pasaría al “régimen civil de insolvencia, que es como ponerse a la fila y creo que está el sexto orden de pago, según recuerdo. Sería bastante difícil obtener un pago en esos casos”.

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